TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO PARA AFILIADOS


1. DEFINICIONES.

1.1. PROGRAMA TOTAL PASS: Es un beneficio fitness que brinda una compañía a sus

colaboradores para poder ingresar y hacer uso de las instalaciones deportivas, gimnasios o

clubes de los AFILIADOS en la red de TOTAL PASS.

1.2. USUARIO (S): Persona(s) física(s) a la(s) que el AFILIADOR comercializará el PROGRAMA

TOTAL PASS conforme a las condiciones expresamente dispuestas por el AFILIADOR.

1.3. TOKEN: Combinación de números y letras, emitido por el sistema del AFILIADOR, el cual

deberá presentar el USUARIO en cada visita para poder acceder a los servicios del AFILIADO

quien a su vez tendrá que registrarlo de forma correcta en la PLATAFORMA de Total Pass para

poder ser pagado por el AFILIADOR.

1.4. CHECK IN: Proceso que se activa con la ubicación en tiempo real del USUARIO, al estar

máximo 500 metros a la redonda de las instalaciones del AFILIADO, registrando su visita desde la

app del AFILIADOR y validando en la recepción de las instalaciones.


2. ALTA EN EL PROGRAMA TOTAL PASS.

2.1. El AFILIADO acepta en el momento de firma del ACUERDO DE AFILIACIÓN que el

AFILIADOR lo incluya en la red del PROGRAMA TOTAL PASS, el cual comercializa a los

corporativos o empresas (B2B), la marca(s) del AFILIADO, así como el uso de sus instalaciones

deportivas, gimnasios o clubes y servicios de estas en favor de los USUARIOS.

2.2. El AFILIADO se obliga a utilizar la plataforma web del AFILIADOR

(http://www.totalpass.com.mx/) (la “PLATAFORMA”) en todas sus unidades/instalaciones,

sucursales deportivas, gimnasios o clubes como única herramienta para el control de accesos

de los USUARIOS.

2.3. El AFILIADO se obliga a dar acceso a sus instalaciones a los USUARIOS una vez al día a

través de TOKEN o CHECK IN que estará disponible en la aplicación después de que el USUARIO

inicie sesión.


3. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL AFILIADOR.

El AFILIADOR acepta:

3.1. Dar soporte técnico y resolver las dudas de los USUARIOS, así como de ayudarlos y

asesorarlos en el proceso comercial, técnico y de servicios.

3.2. Brindar soporte a los administradores de cada unidad deportiva, gimnasios o clubes del

AFILIADO en cuanto al manejo de la PLATAFORMA o incidencias con la misma.

3.3. Pagar directamente al AFILIADO todos los importes adeudados en aplicación del ACUERDO

DE AFILIACIÓN, según las modalidades descritas.

3.4. Autorizar al AFILIADO la instalación de la PLATAFORMA como única herramienta para el

control de acceso de los USUARIOS del PROGRAMA DE TOTAL PASS.

3.5. Reservarse el derecho a dar de baja al AFILIADO en caso de incumplimiento de los

términos y condiciones establecidos en el ACUERDO DE AFILIACIÓN o en los servicios prestados

a los USUARIOS.


4. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL AFILIADO.

El AFILIADOR acepta:

4.1. Ser en todo momento una persona jurídica dada de alta legalmente para ejercer una2

actividad económica y con capacidad para emitir facturas al AFILIADOR.

4.2. Permitir el acceso y uso a los USUARIOS a todas sus instalaciones deportivas, gimnasios y

clubes que se encuentren en el interior de la república mexicana, así como de brindarles los

Servicios mencionados en el formulario, brindando siempre un servicio de igual calidad que a un

socio o usuario directo del mismo.

4.3. A que el personal asignado para la realización de los servicios deportivos cumpla en todo

momento con el perfil, capacidades, experiencia técnica y profesional suficiente para el

cumplimiento de un servicio plenamente satisfactorio y altamente profesional para los USUARIOS.

4.4. Entregar (previo al uso de los servicios o instalaciones deportivas, gimnasios o clubes) el

reglamento y carta responsiva de acuerdo con sus procedimientos y formatos internos que

maneje, para conocimiento y firma de los USUARIOS.

4.5. Ser responsable de que los USUARIOS respeten las reglas internas establecida en el

reglamento de cada unidad deportiva del AFILIADO, en caso de un incumplimiento el AFILIADO

podrá levantar un reporte del USUARIO vía correo electrónico al AFILIADOR solicitando la baja o

restricción a la unidad del USUARIO y adjuntando las pruebas necesarias para sustentar el

incumplimiento.

4.6. En caso de aplicar el ingreso de los USUARIOS vía TOKEN, el AFILIADO se obliga a validar y

registrar un TOKEN por USUARIO dentro de la plataforma que el AFILIADOR indique, dicho TOKEN no

se puede cambiar, designar, transferir o canjear por dinero, wallet o productos. Ni tampoco es

acumulable ya que este debe ser utilizado por el USUARIO y registrado por el AFILIADO el día en que

se presto el servicio.

4.7. En caso de aplicar el ingreso de los USUARIOS vía CHECK-IN, el AFILIADO se obliga a respetar

este registro el cual no se puede cambiar, designar, transferir o canjear por dinero, wallet o

productos. Ni tampoco es acumulable ya que este debe ser utilizado por el USUARIO y aceptado

por el AFILIADO el día en que se prestó el servicio.

4.8. El AFILIADO debe contar con las licencias, permisos y autorizaciones que de acuerdo con la

legislación local requieran las diferentes acciones, conforme al cumplimiento del ACUERDO DE

AFILIACIÓN.


5. REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO.

5.1. El AFILIADOR pagará como remuneración al AFILIADO la cantidad establecida en el

formulario del ACUERDO DE AFILIACIÓN por cada visita que realice un USUARIO a sus

instalaciones deportivas, gimnasios o clubes, limitando el pago al máximo del número de visitas

establecidas por USUARIO en el mes corriente, siempre y cuando la visita haya sido registrada

correctamente en la PLATAFORMA y siempre conforme a los siguientes puntos:

5.1.1. El AFILIADO en este momento nombra al AFILIADOR como agente de recaudación

con el único propósito de aceptar valores de los UASUARIOS que compran Servicios del

AFILIADO, y acepta que los pagos hechos al AFILIADO se considerarán como una remesa

hecha directamente por los USUARIOS al AFILIADO.

5.1.2. El AFILIADO en este acto autoriza sea descontado mensualmente el 10% del total

facturado, por concepto de comisión para el AFILIADOR.

5.2. El AFILIADO emitirá la factura al AFILIADOR por el concepto de (Mes) y (Año), Nombre del

Espacio Deportivo y Sede, en máximo cinco (5) días hábiles posteriores al finalizar el mes a

facturar conforme a la cantidad de visitas registradas en la PLATAFORMA.

5.2.1. Las Partes acuerdan que, en el supuesto de que el AFILIADO no realice la

expedición de la factura, será acreedor a una multa correspondiente al 2% (dos por

ciento) del importe del conjunto de las operaciones sobre las que no se ha emitido

factura, el cual se descontará del monto total a pagar, o en caso de que no se pueda

determinar dicho importe, se descontará el 50% (cincuenta por ciento) por cada3

operación respecto de la que no se haya emitido la correspondiente factura en tiempo.

En caso de que el incumplimiento continúe por un periodo máximo de 3 (tres) meses el

AFILIADOR quedara exento de cualquier pago al AFILIADO, continuando con la

prestación del servicio.

5.3. El AFILIADOR pagará la remuneración al AFILIADO en un plazo máximo de veinte (20) días

hábiles posteriores a la recepción de la factura, mediante depósito o transferencia en pesos

Moneda Nacional en la cuenta bancaria que al efecto se indica en el formulario del ACUERDO

DE AFILIACIÓN.

5.4. Los precios establecidos en el Anexo A del formulario del ACUERDO DE AFILIACIÓN, se

ajustarán de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (en lo sucesivo “INPC”),

lo anterior, con base en las cifras oficiales publicadas por el INEGI en su página:

https://www.inegi.org.mx/app/indicesdeprecios/calculadorainflacion.aspx, u otra que la

sustituya. Previo acuerdo firmado entre Las partes, para lo cual el AFILIADOR deberá notificar a el

AFILIADO con 90 (noventa) días naturales de anticipación a la aplicación a cualquier ajuste de

sus precios.


6. CATEGORIAS DE LOS AFILIADOS Y PREFERENCIA.

6.1. El AFILIAFOR maneja las siguientes categorías de AFILIADOS conforme al precio por

visita:

PREMIUM ESTÁNDAR

Sin agregadores B2B. Con agregadores B2B.

6.2. Las PARTES reconocen y acuerdan que, en caso de que el AFILIADO se encuentre en la

categoría Estándar, el AFILIADOR podrá buscar modificar la categoría a Premium en cualquier

momento durante la vigencia del presente ACUERDO DE AFILIACIÓN.

6.3. El ALIADO que ingrese a Total Pass sin otro agregador, se obliga a no celebrar, ni buscar

ningún acuerdo de asociación o negocio con ninguna empresa que brinde servicios de

intermediación de actividad física o proveedores de beneficios de terceros, durante el plazo

de vigencia del ACUERDO DE AFILIACIÓN.

En caso de que el AFILIADO incumpla con esta obligación pactada en el presente ACUERDO

DE AFILIACIÓN, las PARTES reconocen y aceptan que el AFILIADOR podrá disminuir el costo por

visita hasta en un 30%, cambiando de categoría conforme a lo señalado en el punto 6.1.


7. VIGENCIA, TERMINACIÓN ANTICIPADA Y RESCISIÓN.

7.1. El ACUERDO DE AFILIACIÓN entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y continuará por

periodos sucesivos de un (1) año, a menos que se rescinda de conformidad con esta sección 6.

7.2. Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado de manera anticipada el ACUERDO DE

AFILIACIÓN mediante aviso por escrito entregado a la otra parte con al menos noventa (90)

días de anticipación.

7.2.1. La terminación anticipada no es aplicable si no se cumple con el requisito del

aviso en el plazo antes estipulado.

7.2.2. Durante este período de notificación, el AFILIADO debe continuar permitiendo

que los USUARIOS accedan a los Servicios.

7.2.3. Antes de cualquier terminación anticipada, el AFILIADO no puede revelar a los

USUARIOS que el AFILIADO ya no estará en TOTAL PASS hasta el mínimo de quince (15)

días antes del final del Plazo.

7.3. El AFILIADOR podrá, a su entera discreción, rescindir el presente instrumento y/o bloquear o

interrumpir la prestación de los servicios y/o funcionalidades de la PLATAFORMA,4

inmediatamente después de enviar una comunicación por escrito al AFILIADO, en los siguientes

casos:

a) Incumplir con lo marcado en el numeral 4.6 y/o 4.7 de los presentes Términos y

Condiciones de Uso para Afiliados.

b) Identificación de uso y/o quema irregular de tokens;

c) Identificación de crecimientos irregulares/anormales en el uso de las unidades del

AFILIADO;

d) Cualquier indicio de fraude identificado por el AFILIADOR.

7.4. En caso de que se produzca alguna de las hipótesis de los puntos de la cláusula 7.3. anterior,

el AFILIADOR estará obligada a devolver las cantidades eventualmente transferidas por el

AFILIADO, mediante cálculo interno, y podrá considerarse para el cálculo de la transferencia

mensual la quema media de tokens de todas sus sucursales, sin perjuicio de la determinación de

daños y perjuicios. Además, se autoriza a el AFILIADO a retener los importes de las transferencias

para cubrir las pérdidas sufridas.

7.5. En caso de firmar exclusividad, este apartado queda sin efecto, puesto que debe cumplirse

con el tiempo pactado en la cláusula de exclusividad.


8. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.

8.1. Ninguna de las Partes será responsable del retraso en el cumplimiento de las obligaciones

derivadas del ACUERDO DE AFILIACIÓN por caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo en forma

enunciativa y no limitativa, huelgas, problemas laborales, actos o políticas de cualquier

gobierno, incendios, terremotos, guerras, epidemias, cese de actividades ordenadas por las

autoridades competentes, revolución y cualquier otro problema fuera del control de ambas

Partes, durante el tiempo que dichas causas subsistan.

La Parte que se encuentren imposibilitada de cumplir con sus obligaciones por cualquiera de

las causas mencionadas en esta Cláusula, deberá notificar por escrito a la otra parte de dicha

situación, dentro de un plazo no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes a que se

materialice cualquier causa de fuerza mayor o caso fortuito y mantenerla informada sobre las

condiciones de la misma.

En el supuesto de que, como consecuencia de un evento de caso fortuito o fuerza mayor,

cualquiera de LAS PARTES deba suspender el cumplimiento de sus respectivas obligaciones por

más de 30 (treinta) días naturales, LAS PARTES se reunirán y de común acuerdo para buscar la

posibilidad de continuarlo, adecuándolo a las nuevas circunstancias o en su caso terminarlo.

En el supuesto de que el AFILIADO no pueda ofrecer acceso a los usuarios del PROGRAMA

TOTAL PASS en, al menos, el 90% de los clubes en el horario completo de operación y sin límites

de cupos, los plazos y cantidad comprometida quedarán suspendidos de forma temporal. El

plazo volverá a contabilizarse nuevamente cuando se reanuden actividades al menos en el

90% de los clubes a nivel nacional.

LAS PARTES convienen y acuerdan que en caso de ocurrir un caso fortuito o de fuerza mayor se

deberá de extender el plazo por el mismo periodo que dure el citado caso fortuito o fuerza

mayor, sin que ello implique una novación a los términos y condiciones pactados en el

ACUERDO DE AFILIACIÓN.


9. PROPIEDAD INTELECTUAL.

9.1. LAS PARTES reconocen y aceptan que el ACUERDO DE AFILIACIÓN no les otorga licencia

alguna, o algún tipo de derecho respecto de la Propiedad Intelectual de la parte contraria. Para

efectos de este ACUERDO DE AFILIACIÓN, “Propiedad Intelectual” incluye todas las marcas

registradas y/o usadas en México o en el extranjero por cualquiera de LAS PARTES en lo5

individual y demás formas de la propiedad industrial o intelectual reconocida o que lleguen a

reconocer las leyes correspondientes.

9.2. El AFILIADO otorga al AFILIADOR el uso de su marca, su nombre, denominación y logotipo

únicamente para la comercialización dentro del PROGRAMA TOTAL PASS al igual que la

ubicación, página web, horarios y servicios que ofrece en cada una de las instalaciones

deportivas, gimnasios o clubes que el AFILIADO tiene en la República Mexicana, delimitado a

una finalidad informativa ante terceros.

9.3. Queda estrictamente prohibido para LAS PARTES y para su personal, reproducir sin permiso

de la parte contraria, cualquier tipo de material que se hubiese proporcionado o desarrollado,

bajo pena de incurrir en alguna sanción establecida en las leyes en materia de derechos de

autor, además de la rescisión del ACUERDO DE AFILIACIÓN.


10. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD.

10.1. LAS PARTES están conscientes de que necesitan tratar información relativa a una persona

identificada o identificable ("DATOS PERSONALES") para poder prestar periódicamente los

servicios contratados. Dicho tratamiento de DATOS PERSONALES es necesario y se realizará

únicamente para fines lícitos y determinados tales como, pero no limitado a, registro,

autenticación, prevención de fraude, pago y cumplimiento de obligaciones derivadas del

ACUERDO DE AFILIACIÓN.

10.2. LAS PARTES serán controladores de datos independientes, definidos como la persona física

o jurídica, Autoridad Pública, agencia u otro organismo que, solo o junto con otros, determina los

propósitos y medios del procesamiento de DATOS PERSONALES (“CONTROLADORES”).

10.2.1. LAS PARTES reconocen y acuerdan que cada uno será responsable de cumplir con

las obligaciones impuestas a un CONTROLADOR, según la legislación o normatividad de

Protección de Datos aplicable.

10.3. Cada Parte notificará a la otra sin demora injustificable ante cualquier violación de DATOS

PERSONALES real o potencial que afecte a los servicios de los USUARIOS.

10.4. LAS PARTES se obligan a adoptar las medidas necesarias y procedentes a efectos de exigir

a su personal la máxima discreción y secreto profesional con respecto a cualquier información

propia del AFILIADO o del AFILIADOR sobre la que lleguen a tener acceso con motivo del

ACUERDO DE AFILIACIÓN.

11. INDEPENDENCIA ENTRE LAS PARTES Y RESPONSABILIDAD LABORAL.

11.1. El ACUERDO DE AFILIACIÓN no crea ninguna asociación o sociedad o dependencia

económica entre el AFILIADOR y el AFILIADO, ni una relación laboral entre el AFILIADO y los

empleados del AFILIADOR, por lo que cada una de LAS PARTES será la única responsable de

las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del

trabajo y seguridad social.

12. MODIFICACIONES.

12.1. El AFILIADOR podrá modificar cualquiera de las condiciones del PROGRAMA TOTAL PASS,

en cualquier momento y previo aviso con quince (15) días de anticipación al AFILIADO las cuales

podrán ser consultadas por el AFILIADO en la PLATAFORMA.

12.2. El AFILIADOR podrá modificar en cualquier momento los presentes Términos y

Condiciones, sin previo aviso y tendrá efecto retroactivo.6

12.3. EL AFILIADO reconocen y aceptan que el AFILIADOR podrá en todo momento

agregar, mover de planes a los gimnasios o estudios afiliados conformados por los

establecimientos del AFILIADO, sin que exista notificación previa por parte del AFILIADOR al

AFILIADO de dichas actualizaciones.


13. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDADES.

13.1. En ningún caso el AFILIADOR, incluyendo a sus accionistas, directivos, ejecutivos,

empleados, colaboradores, autores y subcontratistas, podrá ser considerado responsable, ante

el AFILIADO o ante terceros, de cualquier daño indirecto, incidente, especial, punitivo o

ejemplar, incluyendo de manera no limitativa toda pérdida de beneficio o cualquier otra

pérdida económica (derivada de una falta contractual, una falta delictiva o una negligencia)

relacionada con el ACUERDO DE AFILIACIÓN.

13.2. En caso de que un USUARIO no respete las condiciones y obligaciones correspondientes

al PROGRAMA TOTAL PASS, no se podrá hacer responsable al AFILIADOR y el AFILIADO

reconoce y acepta que no podrá perseguirle judicialmente en ningún caso.


14. INCUMPLIMIENTO.

14.1. Se considera que las Partes se encuentran en incumplimiento de sus obligaciones, en

cualquiera de los siguientes supuestos:

14.1.1. Si incumplen con cualquiera de las obligaciones que asumen al amparo del

ACUERDO DE AFILIACIÓN.

14.1.2. Si son declarados judicialmente en concurso mercantil o quiebra.

14.1.3. Si las declaraciones efectuadas bajo protesta de decir verdad resultan ser falsas, o

si con motivo del ACUERDO DE AFILIACIÓN proporcionan información falsa.

14.1.4. Si el AFILIADO interrumpe los servicios acordados de manera injustificada.

14.1.5. Si no se cumple con cada uno de los puntos marcados en el presente documento.

14.1.6. Cuando se presente una conducta ilícita del AFILIADO, de sus empleados, factores

o dependientes, ya sea en contra del AFILIADOR o de sus bienes, o de sus empleados,

factores o dependientes.

14.1.7. En general, por el incumplimiento del AFILIADOR, de cualquiera de las leyes,

reglamentos y demás ordenamientos que regulan su actividad.

14.2. En caso de que se presente cualquiera de los supuestos antes mencionados, la parte

afectada podrá proceder de forma inmediata y a su entera elección a las siguientes acciones:

14.2.1. Exigir el cumplimiento forzoso del ACUERDO DE AFILIACIÓN, o

14.2.2. Dar por terminado el ACUERDO DE AFILIACIÓN, con la facultad de exigir a la parte

que incumplió los daños y perjuicios que el incumplimiento y dicha terminación

anticipada le cause.


15. ANTICORRUPCIÓN.

15.1. LAS PARTES se comprometen para el cumplimiento del ACUERDO DE AFILIACIÓN a actuar

con probidad y honradez, siempre con apego a la buena fe y las costumbres incluyendo en

ello las prácticas de comercio; así mismo se comprometen a actuar con estricto apego a la ley

y a las regulaciones vigentes. Todo lo anterior con la finalidad de lograr altos estándares de

negocio y servicio, así como altos niveles éticos tanto para aquellos con los que colabora,

como para aquellas personas con las que tenga relación en virtud del servicio objeto del

presente instrumento.

15.2. Igualmente, LAS PARTES se comprometen a no proporcionar algún tipo de regalo, valor,7

dinero o beneficio, en dinero o en especie a cualquier persona, autoridad u organismo

gubernamental de cualquier nivel, ya sea en el ámbito Federal, Estatal o Municipal con

ninguna finalidad, específicamente la de obtener o mantener algún tipo de negocio o ventaja

indebida o influenciar cualquier acto o decisión directa o indirecta ya sea respecto a la

materia de este instrumento y actos relacionados al mismo, sean de LAS PARTES o de terceras

partes relacionados con el mismo.

15.3. Lo anterior también aplica en el ámbito de las relaciones comerciales o de negocio, por lo

que LAS PARTES igualmente se obligan a no hacer ninguna de las actividades descritas en el

párrafo anterior, y que se resumen en prácticas corruptas o sobornos, con ninguna persona

incluyendo de manera enunciativa, más no limitativa, accionistas, directivos, funcionarios y/o

empleados de empresas, para obtener una ventaja de negocios inapropiada.


16. CESIÓN.

16.1. El AFILIADO no podrá ceder ni gravar total o parcialmente sus derechos u obligaciones

derivados del ACUERDO DE AFILIACIÓN a favor de terceros sin el previo consentimiento por

escrito del AFILIADOR. El AFILIADO reconoce y acepta que el AFILIADOR previo aviso por escrito

podrá ceder sus derechos y obligaciones derivados del presente ACUERDO DE AFILIACIÓN a

cualquier sociedad del grupo al que pertenece.


17. JURISDICCIÓN.

17.1. Para el caso de ejecución, interpretación o cumplimiento del ACUERDO DE AFILIACIÓN,

ambas Partes se someten expresamente a las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos,

en particular a la jurisdicción y competencia de las leyes y Tribunales de la Ciudad de México,

renunciando expresamente a cualquier otro fuero, leyes o jurisdicción que pudiese

corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.


18. DECLARACIONES Y GARANTÍAS.

18.1. Cada Parte garantiza que tiene los poderes legales de celebrar el ACUERDO DE

AFILIACIÓN y que su cumplimiento en virtud del presente no violará ningún derecho de un

tercero ni ninguna ley, regulación u ordenanza.

18.2. LAS PARTES declaran que el formulario y los presentes Términos y Condiciones forman parte

integral del ACUERDO DE AFILIACIÓN.

18.3. LAS PARTES pueden firmar el formulario del ACUERDO DE AFILIACIÓN en copias, mediante

firmas electrónicas aceptables, cada una de las cuales se considerará original, y al tener

conocimiento de estos Términos y Condiciones, los cuales, juntos constituyen el mismo

ACUERDO DE AFILIACIÓN.


¿Tienes dudas? Háblanos al 55 90357498

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